derecho internacional

Primero: La  frontera esta dado en numerosos diccionarios como una de las palabras del campo lexical de limítrofe (que es a su vez palabra del campo lexical de frontera), diferencia del concepto de límite ya que no trata de una línea rígida. Por otro lado, las fronteras de un Estado están separadas de las de otro Estado por una línea divisoria o límite, a cuyo respeto se impone a todos los miembros de la comunidad internacional. En cambio, el limite proviene del latin “Limis”, nombre con el que se designaba hasta donde alcanzaban los territorios que comprendían el imperio romano.
Segundo:La frontera es una zona y el límite es una línea. 
Tercero: Las fronteras pueden ser aéreas, territoriales, fluviales, marítimas y lacustres, en cambio los límites pueden pueden ser naturales o artificiales o geográficos, se establecen o se marcan por accidentes notables de la naturaleza, tales como las montañas y los ríos.
Cuarto:La frontera comprende toda la zona más próxima a los países colindantes con el nuestro y los límites están establecidos por una línea divisoria convencional.

El caso de la frontera aérea es utilizada para poder controlar el cielo del país (un avión que desee pasar por el espacio aéreo de un Estado ajeno a aquel de donde proviene debe pedir autorización, de lo contrario el gobierno de dicho Estado puede considerar que su espacio aéreo está siendo invadido, lo que puede conducir a que se tomen decisiones extremas que pueden llegar hasta el derribo de la aeronave).

    La frontera asume un nuevo rol y la lógica que acompaña el proceso de integración latinoamericanas y de expansión económica, social y cultural, analizándose a este proceso se concibe a una frontera como un mecanismo de control pero también de de unión y apertura a mercados internacionales que adquiere relevancia porque condiciona la integración.
    Las fronteras se caracterizan por el alto grado de vigilancia, para evitar entradas en masa de inmigrantes, de drogas,

    Lo importante es saber que las fronteras son las que demarcan la soberanía y el territorio de un país, y que dicho territorio no es sólo terrestre, sino también aéreo, lacustre, marítimo y fluvial.


La jurisdicción del estado es la potestad, derivada de la soberanía del Estado, de aplicar el Derecho en el caso concreto, resolviendo de modo definitivo e irrevocable una controversia, que es ejercida en forma exclusiva por los tribunales de justicia integrados por jueces autónomos e independientes.

     Ahora bien, la Republica Bolivariana de Venezuela cuenta con una extensa zona costera de 2394 kilómetros, en la parte más septentrional de la América del Sur, encrucijada vital para el tráfico marítimo internacional. Posee una gran Zona Económica Exclusiva (ZEE) de unos 580.000,00 Km2, 1/5 de la superficie total Caribeña, con un alto potencial económico, gran reservorio pesquero, inmensas reservas petroleras y de otros minerales.

Etimológicamente la palabra territorio proviene del vocablo Latín Terra, y representa la parte de la superficie terrestre sometida a la jurisdicción de un Estado, provincia, región, o municipio. También se define como la base geográfica de una Nación como comprendida dentro de sus fronteras, el espacio sometido a su imperio y el sujeto a su jurisdicción.
      Así pues, los dominios territoriales son utilizados por las organizaciones y empresas que desean establecerse en un pais Un dominio comprende dos o más componentes separados por puntos. La mejor manera de comprender su estructura es leer el dominio de derecha a izquierda. El primer componente mirando desde la derecha distingue un dominio genérico o territorial.
     En este orden de ideas, para algunos estados su dominio territorial se extiende al Mar Territorial el cual ha sido definido como es el espacio marítimo que se extiende desde la “línea de base” hasta un ancho de 12 millas marinas (la milla marina tiene 1.852 metros y equivale a un minuto del arco de meridiano).  El ‘mar territorial’ comprende no sólo sus aguas sino también su suelo y subsuelo.  El país ribereño es soberano en su mar territorial y en el espacio aéreo que sobre él se encuentra, soberanía que se ejercerá con arreglo a la Convención y a otras normas del derecho internacional.
     El territorio en su estado físico ocupa un espacio dentro del globo terráqueo y su ubicación geográfica se determina por latitudes y longitudes de sus fronteras. El territorio con sus costas, montañas, ríos, lagos, pantanos, clima, depresiones, recursos naturales, fronteras y otras peculiaridades, constituyen, en sí misma una unidad politico - juridico - territerial .
    Sin territorio no hay población; si no existe un espacio determinado sobre el cual se ejerza soberanía, existirían aglomeraciones de personas de carácter temporal que no podrían nunca catalogarse como verdaderos Estados.
    El límite de este espacio físico perteneciente al Estado viene a constituir la línea divisoria entre Estados adyacentes, ya que las fronteras están constituidas por extensiones de territorio que separan a un Estado de otro


Diferencias entre fronteras y limites en el ámbito internacional (10.5)
Partiendo de la distinción entre fronteras y límites, tenemos que la primera hace referencia; a las lineas que separa los territorios de tierra sobre los cuales, los Estados ejercen soberanía de territorio completo, por el contrario la expresión límites, debería ser usada para referirse a las líneas que dividen, espacios en los que los Estados no ejercen una jurisdicción territorial completa, como por ejemplo, los espacios marítimos pertenecientes al mismo Estado o a diferentes Estados o líneas que separan dichos espacios nacionales de las áreas internacionales.
Las diferencias entre frontera y límite es de gran importancia, porque se observa cómo; los espacios marítimos se atribuyen a los Estados costeros de acuerdo con normas diferentes a las que rigen la adquisición del territorio y mostrar que los espacios así divididos no están sometidos a la plena soberanía de los Estados costeros, siendo aplicado, hasta para para el mar territorial, que se rige por un régimen de paso inocente para buques extranjeros.
Ahora bien, en cuanto a la frontera, que es la contraparte de los límites, su función recae en separar los espacios que constituyen el territorio de un Estado y están sometidos a su jurisdicción, del territorio de otro Estado, como sucede en los casos de las fronteras territoriales y aéreas, en el caso de este último; La frontera aérea es utilizada por una nación para controlar su espacio aéreo, si por alguna razón, una aeronave perteneciente a otro país llegase a sobrevolar dicho espacio sin autorización, el gobierno de esta nación podría interpretarlo como una invasión y tomar medidas extremas, como derribar la nave, por ejemplo.
Y respecto al límite como diferencia con la frontera, este tiene la función de separar espacios marítimos y no territorios como en el caso anterior, el establecimiento de límites marítimos se relaciona pues con la separación de ámbitos espaciales de jurisdicción estatal.
Por ultimo entre las diferencias más obvias tenemos que la frontera es una zona y el límite es una línea; además las fronteras se clasifican en aéreas, territoriales, fluviales, marítimas y lacustres, en cambio los límites en áreas naturales, artificiales o geográficos, y se establecen por accidentes notables de la naturaleza, tales como las montañas y los ríos.
Establecimiento de fronteras derecho internacional público (10.6)
La frontera es un límite imaginario y artificial que el ser humano establece entre diferentes territorios, se han marcado a lo largo de la historia de muy diversas maneras, al ser la mayoría de ellas artificiales, es decir, creadas por alguna necesidad humana, se pueden utilizar elementos naturales divisorios como colinas, cursos de agua, montañas, accidentes orográficos o si no se pueden establecer arbitrariamente en un lugar determinado. Se caracterizan por el alto grado de vigilancia, para evitar entradas en masa de inmigrantes, de drogas; además son las que demarcan la soberanía y el territorio de un país, y que dicho territorio no es sólo terrestre, sino también aéreo, lacustre, marítimo y fluvial.
La creación de fronteras ha sido siempre un elemento fundamental del establecimiento de cualquier comunidad humana pero especialmente de los Estados ya que es a través de la frontera que se puede empezar conociendo y delimitando el territorio sobre el cual ese Estado tendrá poder. Esa delimitación puede ser entre un país y otro pero incluso dentro del mismo país.

Jurisdicción del estado (10.7)
La jurisdicción, es el espacio, estado o territorio sobre el cual esta potestad es ejercida, del mismo modo, por extensión, es utilizada para designar el área geográfica de ejercicio de las atribuciones y facultades de una autoridad o las materias que se encuentran dentro de su competencia; y, en general, para designar el territorio sobre el cual un Estado ejerce su soberanía.
Por ende y aplicándolo al ámbito internacional, el espacio marítimo donde Venezuela, posee jurisdicción, es el área que se extiende desde sus costas hacia el mar, hasta los límites establecidos por la legislación internacional. Dicha área está compuesta por el mar adyacente a las costas continentales venezolanas y de sus islas, así como también el lecho y subsuelo de sus áreas marinas, sus recursos vivos y minerales y sobre su espacio aéreo marino, sobre el cual Venezuela ejerce soberanía en distintos grados: aguas interiores, mar territorial, zona contigua, zona económica exclusiva, lecho y subsuelo de la plataforma continental.
De lo anterior, se deduce el estado venezolano tiene la facultad genérica de administrar justicia por medio de los jueces de esta materia, especialmente aplicada a conocer y sustanciar causas de naturaleza marítima, material y jerárquico definido en la ley.
Dominio territorial (10.8)
El territorio es la parte de la superficie terrestre perteneciente a una nación, región, provincia, sobre el cual el Derecho Internacional reconoce a un Estado la soberanía. De lo anterior se desprende que el ámbito territorial comprende; los Dominios del Estado, y estos se clasifican; en dominio Terrestre General, que a su vez se divide en Dominio Terrestre, Dominio Fluvial y Lacustre, Dominio Marítimo y Aéreo. Es así que los dominios territoriales son utilizados por las organizaciones y empresas que desean establecerse en un país Un dominio comprende dos o más componentes separados por puntos.

Para finalizar, se puede decir que dicho dominio resultan de  los actos, facultades o derechos que tiene un Estado sobre su propio territorio, entendido como país, extendiéndose sobre el espacio aéreo y marítimo.













Comentarios

  1. Espacio Marítimo
    El espacio marítimo de Venezuela es el área que se extiende desde sus costas hacia el mar, hasta los límites establecidos por la legislación internacional. Dicha área está compuesta por el mar adyacente a las costas continentales venezolanas y de sus islas, así como también el lecho y subsuelo de sus áreas marinas, sus recursos vivos y minerales y sobre su espacio aéreo marino, sobre el cual Venezuela ejerce soberanía en distintos grados: aguas interiores, mar territorial, zona contigua, zona económica exclusiva, lecho y subsuelo de la plataforma continental.

    Teorías
    -Teoría en Relación a su ubicación respecto a los continentes y a otros mares:
    *Los mares mediterráneos: Son los que están dentro de las masas continentales o bien rodeados por ellas en gran parte.
    - Los mares abiertos: son los que tienen amplias conexiones con otros mares y océanos.
    *Los mares archipielágicos: como su nombre lo indica, son los espacios marítimos ubicados dentro de un archipiélago. Por ello, están rodeados de islas y además, tienen islas interiores.
    *Los estrechos marítimos: son pasajes naturales entre dos mares u océanos, ubicados donde los continentes y las islas dejan una angostura marítima.

    -Teoría en Relación al Mar:
    - Países mediterráneos: son los que carecen de litoral marítimo para conectarse con el mar y con ultramar, requieren entendimiento y coordinación con sus vecinos.
    -Países marítimos: son los que tienen acceso directo al mar, sin intermediarios, y que a su vez se clasifican en:
    - Países ribereños: poseen litoral marítimo.
    - Países isleños: ocupan una isla, es decir, están totalmente rodeados por el espacio marítimo.

    -Países archipielágicos: ocupan numerosas islas.

    -Teoría en Relación a la Temperatura:
    Por las distintas características que tienen los ‘mares helados’ y los ‘mares libres de hielos’. El ‘mar helado’ permanece así durante varios meses del año, y tanto más tiempo cuanto mayor es su aislamiento y su cercanía al polo geográfico o al polo térmico.
    El límite entre los mares helados y los mares libres de hielos, varía entre los 50º y 70º grados de latitud, según las distintas regiones. En los océanos abiertos o cruzados por corrientes cálidas, ese límite se acerca hacia los polos. En cambio, en mares mediterráneos, se aleja de los polos.


    Ley de Espacios Acuáticos e Insulares
    Tenía por objeto regular el ejercicio de la soberanía, jurisdicción y control sobre los espacios acuáticos e insulares de la República Bolivariana de Venezuela, conforme al Derecho Interno e Internacional, tal y como se encuentra señalado en el Articulo 1 de la norma en comento.
    La respuesta del Estado venezolano ante la importancia y extensión de las nuevas tareas, los nuevos retos y la gran ventaja geográfica y geopolítica del País, fueron asumidos a través de la novísima Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, en su Título II sobre el Espacio Geográfico y la División Política.

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